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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270287
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Cuarta Parte; Pág. 46
NOTIFICACIONES CUANDO NO SE ENCUENTRA AL INTERESADO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Cuarta Parte; Pág. 46
Como se desprende del artículo 116 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, no es preciso que la notificación se haga únicamente al interesado para que se entienda como personal, sino que, cuando no se le encuentra, la ley autoriza a dejarle cédula.
Precedentes
Amparo directo 645/62. Carlos Munguía Nava. 31 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.