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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 9
ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL CON CONSENTIMIENTO DE UNO DE LOS CONYUGES, PRUEBA EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 9
Si el esposo expresamente acepta que su esposa se separe del domicilio conyugal, y no consta que la haya llamado, invitado o requerido como tiene derecho para convivir con él, o para que se incorpore al hogar conyugal que tienen establecido, es evidente que no puede sostenerse válidamente que aquélla falto a la obligación que le impone la ley, o que se haya separado injustificadamente de la casa conyugal por más de seis meses; en el concepto de que tampoco correspondía a la esposa acreditar el acto positivo, consistente en que se ausentó del domicilio conyugal con consentimiento de su esposo y con la ayuda económica del mismo, porque éste fue quien toleró dicha separación.
Precedentes
Amparo directo 7227/61. Gabino Castro Maya. 30 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.