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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270300
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 10
ACCION, PROCEDENCIA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 10
Conforme al artículo 229 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, la acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre con tal de que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado, y el título o causa; por mayoría de razón, el error de clasificación de su acción en que incurra el demandante no puede redundar en perjuicio de sus derechos, si el objeto de su demanda encuentra fundamento jurídico sólido en los hechos expresados como base de la misma.
Precedentes
Amparo directo 3281/62. Banco Regional de Crédito Agrícola de Matamoros, S. A. 4 de noviembre de 1963. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Mariano Azuela.