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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 23
DIVORCIO, TESTIGOS PARIENTES EN JUICIOS DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 23
Tratándose de juicios de divorcio, no obsta el hecho de que los testigos sean parientes cercanos del cónyuge demandado, por ser de explorado derecho que en tratándose de relaciones familiares, son testigos preferentes los parientes más cercanos, pues conviven con los cónyuges.
Precedentes
Amparo directo 2382/61. Dora Elba Vázquez de Ruiz. 18 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.