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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270331
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 41
PRUEBAS EN LA APELACION, EXAMEN DE LAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 41
En la apelación, la sala sustituye al Juez, de tal manera que si este valorizó las pruebas en conjunto, sin analizar cada una de ellas, la sala puede corregir ese defecto, el cual, por si sólo no justifica la revocación del fallo, porque es posible que al ser debidamente analizadas y valorizadas las pruebas se llegue a la misma conclusión que con su estimación conjunta, en cuyo caso debe confirmarse el fallo apelado.
Precedentes
Amparo directo 9387/61. Angel Noriega Rodríguez. 28 de noviembre de 1963. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.