Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/270333
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270333
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 42

REPARACION DEL DAÑO PROVENIENTE DE DELITO, ACCIONES DE RESPONSABILIDAD OBJETIVA Y DE REPARACION DEL DAÑO EXIGIBLE AL DELINCUENTE EN LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 42

Precedentes

Amparo directo 3711/61. Transportes Azteca, S. A. 15 de noviembre de 1963. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Registro digital (IUS): 270333