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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270337
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 45
TACITA RECONDUCCION, REQUISITOS PARA QUE NO OPERE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXVII, Cuarta Parte; Pág. 45
Los requisitos necesarios para que no opere la tácita reconducción son dos; a saber: a) Oposición del arrendador dentro de un término prudente que se ha fijado en diez días; b) Forma de exteriorizar esa oposición que puede ser mediante notificación fehaciente al arrendatario o por otros medios indirectos que la hagan patente.
Precedentes
Amparo directo 6151/61. María Elodia Zebadúa de Vleesshower. 21 de noviembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.