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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270370
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Cuarta Parte; Pág. 50

ARRENDAMIENTO, DIFERENCIAS ENTRE LA PRORROGA Y LA TACITA RECONDUCCION DEL CONTRATO DE.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Cuarta Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo directo 2682/62. Eduardo Fernández Rojas. 4 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXXVII, página 28. Amparo directo 4892/59. Josefa Mena de Castro. 25 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira.
Registro digital (IUS): 270370