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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270385
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Cuarta Parte; Pág. 123

LETRAS DE CAMBIO. NO ES NECESARIO EL RECONOCIMIENTO PREVIO DE LA FIRMA DEL DEMANDADO PARA QUE PROCEDA LA VIA EJECUTIVA, COMO SI LO ES EN OTROS DOCUMENTOS MERCANTILES.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXV, Cuarta Parte; Pág. 123

Precedentes

Amparo directo 2655/62. María de Jesús Ramírez de Torres. 6 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 270385