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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270398
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Cuarta Parte; Pág. 16
DIVORCIO, CAUSALES DE. INJURIAS Y ACUSACION CALUMNIOSA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Cuarta Parte; Pág. 16
La acusación calumniosa de un cónyuge contra del otro, constituye una causa específica de divorcio diversa de la causal especial de injurias y regida por norma distinta como es la que la condiciona a la circunstancia especial de que el delito materia de la calumnia merezca pena mayor de dos años de prisión; esta limitación resultaría nugatoria si se aceptara, contra la voluntad expresa del legislador, que el cónyuge ofendido la involucrara, a su arbitrio, en la causal diversa de injurias.
Precedentes
Amparo directo 2107/61. Ramón Flores Valdés. 22 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.