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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270400
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Cuarta Parte; Pág. 17
DIVORCIO, PERDON EXPRESO EN CASO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Cuarta Parte; Pág. 17
Para que pueda hablarse de un perdón expreso es menester que de la relación hecha se advierta indudablemente la voluntad del actor de perdonar al cónyuge culpable la causa que la ha dado para pedir el divorcio.
Precedentes
Amparo directo 5915/61. Lorenzo del Peón Alvarez. 26 de agosto de 1963. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.