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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Cuarta Parte; Pág. 31
MANDATO. ACTOS EJECUTADOS POR UN MANDATARIO CON POSTERIORIDAD A LA MUERTE DEL MANDANTE PARA EVITAR LA CADUCIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIV, Cuarta Parte; Pág. 31
Si habiendo fallecido el quejoso de un amparo, su mandatario sigue promoviendo para evitar la caducidad del juicio, no procede el sobreseimiento del propio juicio de amparo, pues resultaría evidentemente un perjuicio para los intereses del quejoso si su mandatario no siguiera agitando para evitar la caducidad y por lo tanto es aplicable lo dispuesto en el artículo 2480 del Código Civil que establece que aunque el mandato termina por la muerte del mandante, debe el apoderado continuar en la administración entre tanto los herederos proveen por si mismos a los negocios, siempre que de lo contrario pueda resultar algún perjuicio.
Precedentes
Amparo directo 3375/59. Timotea Serrano. 19 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 549 la tesis aparece bajo el rubro "MANDATO, ACTOS EJECUTADOS POR UN MANDATARIO CON POSTERIORIDAD A LA MUERTE DEL MANDANTE PARA EVITAR LA CADUCIDAD EN EL JUICIO DE AMPARO.".