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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 12
ACCION REIVINDICATORIA, PROPIEDAD COMO ELEMENTO DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 12
El ejercicio de la acción reivindicatoria, no implica aceptación de que no se es propietario del bien materia de la reivindicación, sino, por el contrario, esa acción requiere como uno de sus elementos esa propiedad, pues el artículo 4o. del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, preceptúa, que la reivindicación compete al propietario de la cosa, que no la tiene en posesión.
Precedentes
Amparo directo 2239/62. Joaquín Chávez Chávez. 19 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.