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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270478
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 111
TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, EFECTOS DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXII, Cuarta Parte; Pág. 111
Tratándose de una tercería excluyente de dominio, la acción que se ejercita en contra de los demandados es de carácter real y tiende a que se reconozca la propiedad del bien en favor del tercerista, ya sea que se encuentre en poder del ejecutante o del ejecutado, que son los demandados en juicio de esta naturaleza, y sus efectos una vez declarada la propiedad en favor del tercerista, no pueden ser otros que los de que el bien pase a su poder, por lo que es intrascendente que se le haya considerado reivindicatoria, y en esta virtud, aunque la declaración del Juez haya sido usando la palabra "acción reivindicatoria" debe entenderse que esa autoridad tuvo por probada la propiedad del tercerista y el derecho para pedir la devolución del bien disputado.
Precedentes
Amparo directo 6643/60. Automotriz Imperial, S.A. 28 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.