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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270488
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Cuarta Parte; Pág. 64

PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXI, Cuarta Parte; Pág. 64

Precedentes

Amparo directo 4546/60. Irene González Sánchez. 6 de mayo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XV, página 243. Amparo directo 5917/57. María Luisa Romandi de Aldrete. 22 de septiembre de 1958. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 270488