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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270548
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Cuarta Parte; Pág. 26

HERENCIA. PERDIDA DEL DERECHO DE LOS PADRES PARA HEREDAR A LOS HIJOS QUE ABANDONEN. NO REQUIERE SENTENCIA PENAL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Cuarta Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 2418/62. María de los Angeles Morales Segura. 20 de febrero de 1963. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Registro digital (IUS): 270548