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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270552
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Cuarta Parte; Pág. 36
PRUEBA PERICIAL, VALORACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXVIII, Cuarta Parte; Pág. 36
Dentro de la amplitud que la ley procesal civil da al Juez para estimar la prueba de peritos, esta la facultad de que razonadamente excluya el dictamen de otros y se pronuncie por el que a su juicio le merezca mayor confianza y convicción. Esto es, puede el juzgador valerse del dictamen de un perito singular.
Precedentes
Amparo directo 2354/62. José Ventura López Quiroz. 18 de febrero de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.