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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270612
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Cuarta Parte; Pág. 50
DIVORCIO, CAUSALES DE. INEXISTENCIA DEL ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL POR PROMOCION ANTERIOR DE OTRO JUICIO DE LA MISMA INDOLE (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Cuarta Parte; Pág. 50
Habiéndose iniciado con anterioridad un juicio de divorcio, cuya sentencia definitiva debe quedar insubsistente en cumplimiento de una ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que concedió la protección Federal para el efecto de que se repusiera el procedimiento a partir del auto que dio entrada a la demanda y se emplazara y fuera oído en juicio el demandado, aun cuando éste no haya tenido conocimiento de dicho juicio, resulta improcedente la causal de abandono de domicilio que alegue en el juicio sobre disolución del vínculo matrimonial que a su vez promueva, puesto que la existencia de aquél juicio, desde el momento de su iniciación, justifica la separación de los cónyuges, atento a lo dispuesto por el artículo 93, fracción I, de la Ley de Relaciones Familiares del Estado de Chihuahua.
Precedentes
Amparo directo 5302/61. Susana de la Parra. 16 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.