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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270616
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Cuarta Parte; Pág. 65
POSESION APTA PARA PRESCRIBIR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Cuarta Parte; Pág. 65
No es cierto que la disposición del artículo 806 del Código Civil del Distrito Federal, releve al poseedor de la obligación de revelar la causa generadora de su posesión, puesto que si ese precepto previene que es poseedor de mala fe el que entra a la posesión sin título alguno para poseer, lo mismo que el que conoce los vicios de su título que le impiden poseer con derecho, ello no significa que la falta de título, o el conocimiento de sus vicios, para los efectos de la prescripción, releve de la obligación de manifestar el origen de la posesión en cuanto a que ésta sea en concepto de dueño, puesto que el artículo 1152, fracción II, del Código Civil, al estatuir la prescripción adquisitiva, con posesión de mala fe, exige que sea en concepto de propietario y para que ésta se entienda en esa forma, es menester que se revele la causa originante de ella.
Precedentes
Amparo directo 584/59. José A. Zamora Sánchez y coagraviados. 9 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.