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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270665
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 31

ARRENDAMIENTO CONSULTORIOS MEDICOS. NO ESTAN PROTEGIDOS POR EL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXII, Cuarta Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 951/61. Joaquín Góngora Alonso y coagraviado. 20 de agosto de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XLIII, página 18. Amparo directo 956/60. Salvador Mayor Aguilar. 27 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen XVIII, página 23. Amparo directo 7661/57. Jesús Desachy Ramos. 8 de diciembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Volumen XLIII, página 18, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO LOS CONSULTORIOS DENTALES. NO ESTAN PROTEGIDOS POR EL DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.".
Registro digital (IUS): 270665