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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Cuarta Parte; Pág. 180
NOTARIOS, CERTIFICACIONES DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Cuarta Parte; Pág. 180
La ausencia de timbres fiscales en la razón del notario no invalida la certificación, porque no es requisito esencial de su constitución, el pago del impuesto del timbre.
Precedentes
Amparo directo 4727/59. Inversiones Saljir, S. A. 2 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.