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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Cuarta Parte; Pág. 212
QUEJA. ACTOS DERIVADOS DE OTROS CONSENTIDOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXI, Cuarta Parte; Pág. 212
Tratándose de actos que son consecuencia de otros consentidos, la queja que se endereza contra aquéllos es improcedente.
Precedentes
Queja 33/62. Octavia Martínez de Armendariz. 4 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.