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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270729
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 10
ACCION REIVINDICATORIA. PRUEBA DE LA PROPIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 10
Si bien es cierto que el reivindicante es el que tiene a su cargo la obligación de probar la propiedad de la cosa que trata de reivindicar, también lo es que cuando el demandado que posee la cosa por reivindicar, afirma poseerla en concepto de propietario, no solamente aquél debe probar la propiedad para que la acción prospere, sino también el demandado para probar su aserto, a fin de que el sentenciador resuelva, en caso de que dicho demandado también llegare a probar la propiedad, cuál de los dos títulos es el mejor o cuál es el que debe prevalecer.
Precedentes
Amparo directo 2754/61. Manuel Botello Aguilar y coagraviado. 14 de junio de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.