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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270749
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 143
OBRAS PUBLICAS, DIRECCION DE. CARACTER DE LOS INFORMES RENDIDOS POR LOS SUPERVISORES DE LA OFICINA DE VIA PUBLICA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LX, Cuarta Parte; Pág. 143
Es evidente que el informe rendido por un supervisor de la oficina de vía pública de la Dirección de Obras Públicas del Departamento del Distrito Federal, es un documento público, con apoyo en el artículo 327 fracción II del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, en virtud de que el departamento de referencia tiene entre sus funciones todo lo relativo a la reglamentación y vigilancia de las construcciones llevadas a cabo por particulares, así como la inspección de las mismas, por conducto de la Dirección de Obras Públicas, en los términos de los artículos 23 fracción I inciso tercero y 38 fracción III de la ley orgánica del propio departamento.
Precedentes
Amparo directo 5869/59. Armando Arbesu y coagraviado. 28 de junio de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.