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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Cuarta Parte; Pág. 210
REGISTRO, BUENA FE EN EL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LIX, Cuarta Parte; Pág. 210
No puede estimarse violado el artículo 3007 del Código Civil Federal, cuando una información testimonial adolece de varias irregularidades que aparecen en el registro; dicho artículo establece que el adquirente no puede invocar la buena fe registral cuando las causas de nulidad de los títulos de su causante o de sus antecesores aparezcan claramente en dicho registro.
Precedentes
Amparo directo 7067/61. José Luis Sosa Martínez. 10 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LIX, página 210. Amparo directo 6997/61. Fernando Piñeiro Belard. 10 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.