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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 21
ACCION REIVINDICATORIA. PRUEBA DE LA PROPIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 21
Para que pueda considerarse comprobada la propiedad por parte de la demandante como causahabiente de su esposo a título de herencia, sobre el predio que reclama, debe presentar el título mediante el cual su causante hubiera adquirido la propiedad del mismo, y si no lo hace, no queda comprobada por la demandante la propiedad de los bienes cuya restitución exige, faltando así uno de los elementos constitutivos de la acción reivindicatoria.
Precedentes
Amparo directo 6103/60. Cesárea Grimaldo viuda de Terán. 2 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: José López Lira.