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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270796
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 129
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. PLURALIDAD DE DOMICILIOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 129
El cambio de domicilio no se hace movilizando exclusivamente los bienes de la esposa y dejando que el marido y sus pertenencias continúen en la casa que, según la esposa, no estaba en condiciones de ser habitada; ello demostraría una indiferencia o un egoísmo de parte de la persona que se separa, incompatibles con la idea de armonía y socorro mutuo que debe presidir la vida marital. El hecho de que desde hace varios años cada cónyuge resida en el propio Distrito Federal y en casas diferentes, significa que no pudo existir la principal finalidad del matrimonio que es la habitación común.
Precedentes
Amparo directo 8049/60. María Guadalupe Velazco de Medina. 5 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: José López Lira.