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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270797
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 128
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. PLURALIDAD DE DOMICILIOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVIII, Cuarta Parte; Pág. 128
Es verdad que una casa no constituye un hogar, pero también podría decirse que un hogar no puede existir en dos casas distintas y, si desde hace varios años la esposa vive en una casa y su marido en otra, la convivencia es imposible, porque el matrimonio ni puede realizarse en sus fines familiares ni morales existiendo la separación constante de los cónyuges.
Precedentes
Amparo directo 8049/60. María Guadalupe Velazco de Medina. 5 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: José López Lira.