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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270823
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Cuarta Parte; Pág. 116

DIVORCIO, DESAVENENCIAS CONYUGALES COMO CAUSAL DE. DEBEN ACREDITARSE EN FORMA CONCRETA (LEGISLACION DEL ESTADO DE NUEVO LEON).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVII, Cuarta Parte; Pág. 116

Precedentes

Amparo directo 3080/60. Bernardo Castro Moreno. 1 de marzo de 1962. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 270823