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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270852
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 72
FOTOGRAFIAS, SU VALOR PROBATORIO EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 72
Las fotografías carecen de valor probatorio puesto que los medios de prueba en materia mercantil son los que señala el artículo 1205 del código de la materia, entre los que no se encuentran las fotografías.
Precedentes
Amparo directo 2787/60. Emilia Pedregal González. 8 de febrero de 1962. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 384, la tesis aparece bajo el rubro "FOTOGRAFIAS, SU VALOR PROBATORIO EN MATERIA MERCANTIL.".