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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 107
POSESION APTA PARA PRESCRIBIR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 107
La Suprema Corte de Justicia ha sostenido reiteradamente que el promovente del juicio de prescripción positiva, para alcanzar ésta, debe demostrar la existencia de la causa generadora de su posesión, que debió ser adquirida en concepto de dueño y disfrutada en el mismo concepto.
Precedentes
Amparo directo 991/60. Francisco Solís Carmona. 14 de febrero de 1962. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXXVIII, página 239. Amparo directo 928/59. Ricardo Carraro. 19 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen XI, página 146. Amparo directo 2038/57. Manuel M. Lozano. 9 de mayo de 19158. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Volumen X, página 191. Amparo directo 3834/57. Francisca Ortiz viuda de López y coagraviado. 28 de abril de 1958. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota:
En el Volumen XI, página 146, esta tesis aparece bajo el rubro "POSESION PARA PRESCRIBIR.".
En el Volumen X, página 191 esta tesis aparece bajo el rubro "POSESION DE MALA FE POR FALTA DE TITULO (LEGISLACION DE VERACRUZ).".