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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 127
RESPONSABILIDAD OBJETIVA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 127
Según el Código Civil en vigor, no es necesario invocar el principio de culpa, para que el propietario de un vehículo sea responsable del uso indebido que haya hecho de él un empleado suyo, porque los artículos 1932, fracción IV y 1913 de dicho código, establecen el daño objetivo a cargo de quienes son propietarios o usan mecanismos peligrosos.
Precedentes
Amparo directo 4475/60. Gabina Córdoba. 12 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José López Lira. Ponente: Gabriel García Rojas.