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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270867
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 138

SUSPENSION DE LA SENTENCIA RECLAMADA. DEBE SOLICITARLA EL AGRAVIADO.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LVI, Cuarta Parte; Pág. 138

Precedentes

Queja 124/60. Carlos M. Peralta. 8 de febrero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 845, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION EN EL AMPARO CIVIL DIRECTO DE LA SENTENCIA RECLAMADA. DEBE SOLICITARLA EL AGRAVIADO.".
Registro digital (IUS): 270867