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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270873
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Cuarta Parte; Pág. 19

ARRENDAMIENTO. NO ES UN CONTRATO SOLEMNE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Cuarta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 4991/60. Francisco Ruiz Leal. 11 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XVI, página 50. Amparo directo 1154/57. Rosa Camacho viuda de Hernández. 30 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Nota: En Volumen XVI, página 50, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. NO ES UN CONTRATO SOLEMNE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).".
Registro digital (IUS): 270873