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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270879
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Cuarta Parte; Pág. 22
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LV, Cuarta Parte; Pág. 22
Es cierto que la jurisprudencia de la Suprema Corte, se ha inclinado a sostener que la contrafianza que se constituye en los juicios de garantías, debe ser, en términos generales, de más entidad que la fianza, por cuanto que garantiza mayores responsabilidades, pero esa jurisprudencia establece una regla general, que no siempre es aplicable, como acontece, si la responsable a fin de salvaguardar los intereses económicos de la tercero perjudicado, al resolver sobre la suspensión solicitada por la quejosa, cuidó de asegurar los daños y perjuicios que pudieran sobrevenirle con la medida, fijando para ese fin una fianza bastante para responder de ellos, en la que comprendió como daños las prestaciones a que fue condenada la propia quejosa en el juicio del orden común, y como perjuicios los intereses legales sobre esas prestaciones durante un año como probable para la resolución del amparo, y si además la responsable para determinar el monto de la contragarantía, en la resolución impugnada, cuidó, también, de que la caución que fijo a la tercero perjudicado fuera suficiente para restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación de garantías y pagar los daños y perjuicios que sobrevinieran a la quejosa, en el caso de que se le conceda el amparo, en los términos prevenidos por el artículo 126 de la Ley Reglamentaria de los 103 y 107 constitucionales.
Precedentes
Queja 117/61. Autobuses de Occidente, S. A. de C.V. 31 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LII, página 90. Queja 138/61. Autobuses de Occidente, S. A. de C.V. 4 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Volumen LI, página 58. Queja 157/61. Autobuses de Occidente, S. A. de C.V. 27 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Volumen L, página 93. Queja 137/61. Autobuses de Occidente, S. A. de C.V. 2 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Volumen L, página 93. Queja 86/61. Autobuses de Occidente, S. A. de C.V. 2 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen L, página 93. Queja 85/61. Autobuses de Occidente, S. A. de C.V. 2 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen LIV, Cuarta Parte, página 59, tesis de rubro "CONTRAFIANZA EN EL AMPARO.".