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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270917
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Cuarta Parte; Pág. 9

ABANDONO JUSTIFICADO DEL DOMICILIO CONYUGAL, ALIMENTOS EN CASO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Cuarta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 2202/56. María Guadalupe Acosta de Medina. 9 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Registro digital (IUS): 270917