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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270936
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Cuarta Parte; Pág. 125
NULIDAD, JUICIOS SOBRE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LII, Cuarta Parte; Pág. 125
No es exacto que los juicios autónomos de nulidad, que tienden a nulificar lo actuado en otro juicio, siempre se basen en la falta de emplazamiento al demandado o terceras personas, pues estos juicios también pueden instaurarse con otros fundamentos y motivos, especialmente cuando se ha seguido un procedimiento y se ha sentenciado por una autoridad que legalmente llega a carecer de jurisdicción y competencia.
Precedentes
Amparo directo 4983/58. Molino de Arroz "El Suriano", S. A. 2 de octubre de 1961. Mayoría de tres votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: José López Lira.