Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/270946
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270946
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Cuarta Parte; Pág. 9
ARRENDAMIENTO. EL ALZA EN EL MONTO DE LOS ALQUILERES ES UN HECHO NOTORIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LI, Cuarta Parte; Pág. 9
Puede considerarse como hecho notorio el referente a que el monto de los alquileres ha sufrido continuo aumento desde hace varios años. Es una realidad, que está en la conciencia de la mayoría de los habitantes del Distrito Federal, que no sólo los alquileres han venido sufriendo continuamente una alza desde la época en que por virtud de la guerra se decretó un estado de emergencia en el país, sino que la han sufrido en general todos los elementos indispensables para satisfacer las necesidades de los habitantes del propio distrito. Consecuentemente, sí puede estimarse que el hecho consistente en esa alza, forma parte del conocimiento general de dichos habitantes y que por lo tanto se trata de un hecho notorio.
Precedentes
Amparo directo 5586/59. Mosaicos Saborit, S. A. 22 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.