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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 92
CONTRAFIANZA, ADMISION DE LA, QUE NO DEJA SIN MATERIA EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 92
No es verdad que la admisión de la contrafianza al actor para que el demandado restituya un lote de terreno a éste, deje sin materia el amparo, ya que en caso de concederse la protección constitucional al agraviado, éste sería restituido en la posesión del inmueble, atentos los efectos eminentemente restitutorios que en el caso tendría la sentencia pronunciada en el juicio constitucional, por lo que éste no quedaría sin materia, tanto más cuanto que la contragarantía respondería por los daños y perjuicios que se ocasionasen, de llevarse adelante la ejecución de la sentencia.
Precedentes
Queja 27/61. César Serrato Gazcón y José González Escalera. 2 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.