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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270976
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 97
DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, REQUISITOS PARA QUE OPERE LA CAUSAL DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 97
Al tolerar el marido que su mujer no viviera con él o sea estar conforme con esa vida separada, significa que no hubo el abandono que la ley exige para que se permita el divorcio, o sea, que hubiese sido abandonado el hogar por más de seis meses sin causa justificada.
Precedentes
Amparo directo 4422/60. Florentina Ruiz de Ruiz. 23 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Azuela. Ponente: José López Lira.