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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270981
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 110

MINUTAS, NATURALEZA Y TERMINO DE VALIDEZ DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 110

Precedentes

Amparo directo 1728/58. Carmen Alanís de Laris y coagraviado. 11 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis relacionada con la jurisprudencia 186, página 562, bajo el rubro "MINUTAS, NATURALEZA Y TERMINO DE VALIDEZ DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).".
Registro digital (IUS): 270981