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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Cuarta Parte; Pág. 81
ARRENDAMIENTO. FALTA DE PAGO DE RENTAS IMPUTABLE AL ARRENDADOR.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Cuarta Parte; Pág. 81
Si el inquilino demostró con prueba testimonial que aun no teniendo obligación de mandar pagar las rentas, lo hacia; y ante la negativa del arrendador a recibírselas las estuvo consignando: y si bien es cierto que algunas de ellas las hizo de tres en tres meses, no puede considerarse que por ello incurriera en mora, porque el pago se entiende supeditado al cumplimiento del ejercicio del derecho deber del cobro por parte del arrendador, cuya omisión de hacerlo, da lugar a aplicar el principio de que quien no cumple no puede demandar de la otra parte el cumplimiento de lo pactado.
Precedentes
Amparo directo 3726/58. Ernesto Campos Luna. 30 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira.