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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Cuarta Parte; Pág. 231
VERSIONES TAQUIGRAFICAS DE LAS AUDIENCIAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. NO TIENEN VALOR NI EFECTO ALGUNO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVIII, Cuarta Parte; Pág. 231
Las versiones taquigráficas de las discusiones en las audiencias públicas de las Salas de la Suprema Corte de Justicia no son sino documentos simples no revisados, corregidos ni autorizados por funcionario alguno ni constituyen actas de esas discusiones y es por ello, que la Suprema Corte de Justicia ha establecido que no tienen valor ni efecto alguno, en virtud además, de que las opiniones que sustentan los Ministros en la audiencia en que se resuelven los juicios de su competencia, sólo engendran efectos jurídicos al través de la sentencia que se pronuncia, si fueron tomadas en cuenta para normar su contenido, pues si tales opiniones no se aceptaron por la mayoría que pronunció la ejecutoria, no tiene trascendencia sobre la misma.
Precedentes
Reclamación en amparo civil 396/60. María de los Angeles González de del Valle. 28 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.