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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271059
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Cuarta Parte; Pág. 82
FACTURAS. SU VALOR PROBATORIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Cuarta Parte; Pág. 82
Si bien es cierto que la Suprema Corte ha establecido jurisprudencia en el sentido de que las facturas solo hacen prueba plena en contra de quien las expide, ello no impide que constituyan prueba presuncional cuando el adquirente de un objeto justifique su adquisición mediante la factura que le ha expedido una casa comercial.
Precedentes
Amparo directo 5729/60. Ignacio Guangorena y coagraviado. 14 de abril de 1961. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 455, la tesis aparece bajo el rubro "FACTURAS. SU VALOR PROBATORIO.".