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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Cuarta Parte; Pág. 125
PRUEBA PERICIAL, CARACTER COLEGIADO DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE OAXACA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Cuarta Parte; Pág. 125
Respecto de la prueba pericial cabe decir que si únicamente nombró perito el actor y no así la parte contraria por no habérsele dado ese derecho por el a quo para designar perito, y teniendo en cuenta que dicha prueba es colegiada según se advierte del artículo 339 del Código de Procedimientos Civiles de Oaxaca, el dictamen exhibido por un sólo perito carece de valor; tanto más que la parte demandada no manifestó estar acorde con el nombramiento de un sólo perito; y también porque el Juez no designó perito tercero en discordia.
Precedentes
Amparo directo 5290/58. Domitilo Matus Ruiz. 21 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.