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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Cuarta Parte; Pág. 127
REPARACION DEL DAÑO, NULIDAD Y REIVINDICACION. SON CONTRADICTORIAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLVI, Cuarta Parte; Pág. 127
Sería absurdo pretender que juntamente con las acciones de nulidad y reivindicación se intentara la de reparación de daño, la cual resulta contradictoria con las dos primeras, puesto que en caso de que estas fueran procedentes no existiría base para la reparación de un daño que no existía y era necesario esperar a que éste se consumara para que pudiera ejercitarse la acción correspondiente.
Precedentes
Amparo directo 4689/59. Herminia Martínez viuda de Coronado. 12 de abril de 1961. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Castro Estrada. Ponente: Gabriel García Rojas.