Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/271075
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271075
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Cuarta Parte; Pág. 11

ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, PARA OCUPAR EL DUEÑO DE LA FINCA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLV, Cuarta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 4759/59. Irma Couttolenc de Elizondo. 1 de marzo de 1961. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XI, página 67. Amparo directo 7967/57. Manuel Perusquia Villareal. 14 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Volumen XI, página 67, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL, PARA OCUPAR LA FINCA EL DUEÑO.".
Registro digital (IUS): 271075