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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 271097
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 9
ACCION PUBLICIANA, PRUEBA DE LA POSESION.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 9
La posesión del inmueble por parte del demandado, debe tenerse por comprobada para los efectos de la procedencia de la acción publiciana que establece el artículo 9 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales, no obstante que el demandado haya dicho al contestar la demanda, que el inmueble salió de su propiedad, si no probó cuándo y a quien lo enajenó ni negó expresamente tener la posesión del predio y no dijo quien es el actual poseedor, ya que si manifestó que dicho predio salió de su patrimonio, esto es como tratando de eludir los efectos de la acción intentada.
Precedentes
Amparo directo 2777/58. Norberto Guerra Anaya. 9 febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo directo 2775/58. Norberto Guerra Anaya. 9 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José López Lira.
Amparo directo 2773/58. Norberto Guerra Anaya. 9 de febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.