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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271112
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 97

COSTAS, APRECIACION DE LA TEMERIDAD O MALA FE, PARA LA CONDENACION AL PAGO DE LAS.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 97

Precedentes

Amparo directo 914/60. Graciela Serna. 20 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: José López Lira.
Registro digital (IUS): 271112