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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
271117
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 112

DAÑOS Y PERJUICIOS. OBLIGACIONES DEL FIADOR EN CASO DE SUSPENSION (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XLIV, Cuarta Parte; Pág. 112

Precedentes

Queja 171/60. Eugenio Arriaga Vélez. 23 de febrero de 1961. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Registro digital (IUS): 271117